La Cámara aprobó en último debate el proyecto de ley denominado ‘borrón y cuenta nueva’, que establece nuevas condiciones para las personas que están reportadas en centrales de riesgo por estar en mora en un crédito.
Este proyecto, al que le queda la conciliación entre Senado y Cámara de Representantes, es la primera iniciativa que el Congreso aprueba de manera virtual para que se convierta en ley de la República.
El texto del proyecto aprobado consagra la amnistía por única vez para los colombianos que se pongan al día en la deuda durante los 12 primeros meses de entrada en vigencia esta ley. La amnistía aplica para quienes lo hayan hecho con anterioridad.
Esta amnistía financiera hará énfasis en los estudiantes que tienen créditos educativos con el Icetex y entraron en mora para que al pagar la obligación salgan de inmediatamente del reporte negativo.
Otra de las características del proyecto de ley indica que las personas con deudas de menos de 131.000 pesos recibirán dos comunicaciones antes de ser reportadas en centrales de riesgo.
De acuerdo al texto de la iniciativa, el tiempo del reporte negativo en las centrales de riesgo será del doble al de la mora y hasta máximo cuatro años. Este artículo aprobado está acorde al que está consignado en la ley de Habeas Data.
El senador David Barguil, uno de los autores de la iniciativa, resalta que con esta ley la calificación crediticia de un ciudadano deberá normalizarse de inmediato cuando se elimine el reporte negativo: “en la actualidad, si una persona está en mora su calificación disminuye y aunque pague, esta calificación no sube”.
La consulta de información crediticia será gratuita para el titular, pero dicho historial en bases de datos no podrá usarse para que se otorgue un empleo ni para otros fines diferentes al del análisis de riesgo.
Saldrán del reporte negativo las personas que presenten la denuncia ante la Fiscalía por ser víctimas de suplantación y aporten las pruebas a la entidad financiera o establecimiento de crédito.

Así se aprobó
El senador David Barguil, líder de la iniciativa, celebró la disposición de los representantes y manifestó que “cerca de 7,5 millones de personas y Pyme tendrán la opción de acceder al crédito formal”.
El viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño, aseguró que el Gobierno no se oponía al proyecto, pero consideró que se debían replantear algunos puntos sobre el tiempo de permanencia de los reportes negativos.
Londoño solicitó que el plazo en el que permanezca el reporte negativo siguiera siendo del doble de tiempo que duró la mora y que se mantuviera el plazo de cuatro años como límite máximo. El proyecto buscaba reducir este tiempo, pero al final la Cámara acogió la solicitud del Gobierno de no modificarlo.
En el proyecto, se incluyo también un artículo que señala que aquellas obligaciones que sean objeto de reporte negativo durante la emergencia sanitaria y hasta el 31 de diciembre de 2020, no serán reportadas en los Bancos de Datos en este mismo período, siempre y cuando los titulares de la obligación se acerquen a las entidades en busca de una reestructuración.
Antes de terminar el debate, se incluyó también que a los pequeños productores, víctimas del conflicto, que tengan reporte negativo y paguen su obligación objeto de reporte, tras ser definidos por Finagro, se les eliminará inmediatamente la información negativa.
También se estableció que dos años después de que se use esta norma el Gobierno deberá hacer un análisis de su efectividad.
Los otros cambios que trajo la ley
En principio, el artículo dos estableció que debe existir una comunicación previa al usuario en caso de cualquier tipo de reporte, que también aplicará para cualquier operación de comercio electrónico.
El artículo cuatro ordena la gratuidad para toda consulta de información crediticia a los usuarios del sistema a través de todos los canales de acceso y en cualquier momento, sin que esto genere alguna afectación en su calificación.
El artículo seis puntualizó que, en caso de falsedad o suplantación personal que genere una afectación en el historial crediticio de un usuario y que dicho reporte le exija el pago de la deuda a la víctima, el titular de la cuenta deberá presentar una petición de corrección ante la central de riesgo (adjuntando los soportes correspondientes) y denunciar el delito de estafa, si así lo considera.
La entidad financiera, una vez reciba la solicitud, deberá cotejar los documentos que prueben el delito en los próximos 10 días, y el dato negativo deberá ser modificado por la fuente reflejando que el titular se encuentra dentro de un proceso de suplantación, con una notificación en su historial personal.
Si 15 días después el operador no ha dado pronta resolución, se entenderá que la solicitud ha sido aceptada y, de no ser así, el solicitante tendrá la opción de pedir sanciones para la entidad ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) o a la Superintendencia Financiera.
El artículo 10 dispone que las centrales de riesgo tendrán tres meses para eliminar los reportes negativos de los deudores que hayan superado los 10 años, contados a partir de la fecha del reporte de incumplimiento informada por el usuario.
Además, en ningún caso, se requerirá orden judicial o del acreedor. Aunque el reporte negativo se tendrá que eliminar, no significa que la deuda haya prescrito, porque se pudo haber iniciado un proceso judicial. Sin embargo, si no se inició ese trámite, la deuda sí prescribirá, pero no bajo las consideración de la Ley 1286 de 2008, sino por el Código Civil y la Ley 791.
Otros puntos de la ley
El artículo cuatro también exige que las entidades financieras justifiquen al usuario por qué le niegan un crédito y, por ninguna razón, lo podrán denegar solamente por el análisis del historial crediticio, como la prohibición del uso del historial crediticio para la toma de decisiones laborales de contratación (salvo en casos en el sector financiero o cooperativo).
El artículo séptimo también dispuso que las fuentes de información deberán reportar al operador, como mínimo una vez al mes, las novedades acerca de los datos para que este los actualice en el menor tiempo posible, es decir, actualizar y rectificar los datos.
El artículo nueve crea una aplicación gratuita para que los titulares registren su correo y reciban comunicaciones cuando se les reporte una nueva obligación en su historial de crédito en menos de cinco días hábiles.
Las críticas al proyecto por parte de entidades del sistema financiero
Para la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras (Asobancaria), la eliminación del historial crediticio de los consumidores del sistema afectará el historial reputacional de los usuarios, situación que generará mayores riesgos a la hora del otorgamiento de créditos y, por ende, endurecimiento de los requisitos que solicitan para ello.
En ese sentido, Datacrédito Experian aseguró que los requerimientos de garantías y otros mecanismos de cobertura para suplir la incertidumbre y el riesgo por la carencia de datos aumentarán.