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Alcaldes a garantizar reactivación económica “gradual, progresiva y ordenada”, cuéntanos que pasa en tu municipio

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José Manuel Restrepo explicó que reactivar sectores como el comercio o los restaurantes harían perder los esfuerzos por combatir la pandemia.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, indicó que “tenemos como prioridad proteger las vidas humanas y a la vez buscar un proceso de reactivación gradual y progresiva de la actividad productiva. Eso significa que no es una apertura indiscriminada, que debe garantizar el cumplimiento de protocolos estrictos de bioseguridad, que tienen que ser validados con las autoridades locales”

En línea con eso, señaló que “serán los alcaldes quienes le darán esa llave de gradualidad a la implementación de esa recuperación progresiva y ordenada”. Y además dijo que “todo un equipo técnico va a ir haciendo seguimiento a cómo va la evolución de la infección, capacidad del sistema hospitalario, para que esto vaya armonizándose con este propósito de construcción de vida”.

Según el ministro, se hizo un ejercicio cuidadoso en donde se evaluaron los riesgos para cada subsector, niveles de encadenamiento, cadenas productivas, necesidad del producto, y con base en eso se llegó a la conclusión de los subsectores que se puede abrir (producción de textiles, confección de prendas de vestir, productos de cuero, productos de madera, fabricación de papel y cartón, fabricación de sustancias o productos químicos, fabricación de productos de metal, fabricación de aparatos y equipos eléctricos).

En línea con eso, manifestó que solamente se permitirán temas de comercio electrónico y ventas a domicilio. En el caso de construcción, “los insumos están incluidos en estos sectores o en otros que ya estaban operando”.

El ministro indicó que, en la primera etapa, retomarían labores alrededor de 1.200.000 personas, de las cuales el 6 % hacen teletrabajo. Asimismo, entre un 20 % y 30 % de las compañías pertenecientes a los dos primeros sectores reactivados no comenzarían ahora “porque no tienen toda la cadena de comercialización”.

Lo que se puede hacer

Solo con un previo proceso de “validación ante la secretaría municipal o distrital correspondiente”, los subsectores de manufacturas y sus cadenas, autorizadas por el Gobierno para reactivar su actividad productiva, podrán volver a operar.

Así lo establece la Resolución 498 del 2020 expedida este domingo por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el que también especifica cuáles serán los mencionados subsectores y a cuyos trabajadores, a partir de este lunes, 27 de abril, les está permitido el derecho de circulación para retomar sus actividades en dichas empresas.

La Resolución señala que serán las autoridades de los distritos o los municipios de las empresas donde funcionen las empresas de manufacturas y sus cadenas productivas las que deberán no solo verificar el cumplimiento de las mismas a los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y los adiciones que pueden adoptar en los territorios donde funcionen, sino que también son las encargadas de determinar la validación previa de los mismos para que puedan entrar a operar.

Así se desprende de los dos parágrafos de la mencionada Resolución donde especifica que “Cada entidad de orden municipal o distrital, en el marco de sus competencias, determinará el proceso de validación del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad y de las instrucciones que ellas mismas impartan”.

Y a renglón seguido señala que “las empresas de los subsectores de manufacturas y sus cadenas de que trata el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán entrar a operar hasta tanto no hayan realizado el proceso de validación ante la secretaría municipal o distrital correspondiente.

La resolución ha causado confusión en la ciudadanía y específicamente en quienes tienen negocios en estos subsectores, porque se había entendido que dichas empresas podrían volver a reanudar desde este lunes su actividad, con la observancia de los protocolos y ahora desconocen si para retomar labores deben hacer un trámite previo ante las mencionadas autoridades distritales o locales.

Los subsectores autorizados para retomar su actividad según la Resolución 498 son: fabricación de productos textiles, confección de prendas de vestir, curtido y recurtido de cuero (fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles). transformación de la madera y fabricación de productos de madera y de corcho, excepto muebles; fabricación de artículos de cestería y espartería.

De igual forma los que fabrican papel, cartón y productos de papel y cartón; los de sustancias y productos químicos, los productos elaborados en metal y los que fabrican maquinaria y equipos, aparatos y equipos eléctricos.

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