La Cuarta Via

Capturan a docente sindicado de acto sexual contra menor de edad, lo envían a cárcel de Sabanalarga

En la Cuarta Vía

Por orden judicial capturaron a Harvey Aguirre Mastrodometico, un profesor de educación física, recreación y deportes, acusado de acto sexual a una menor en Magangué,

El juzgado promiscuo de esta localidad ordeno la reclusión del docente por el delito de acto sexual con menor de 14 años, según las informaciones del expediente los hechos sucedieron un tiempo atrás.

El docente estuvo trabajando algún tiempo en la institución educativa Nuestra Señora del Carmen en el corregimiento de Barbosa.

La orden judicial fue expedida por el juzgado tercero promiscuo municipal con funciones de control y garantías del municipio de Magangué, el caso fue manejado con la fiscalía local y el profesor fue cobijado con medida de aseguramiento en la cárcel de Sabanalarga.

Acceso y acto sexual

En el Código Penal Colombiano se establecen las medidas y normas para evitar el abuso sexual de un menor de edad. Hay dos artículos especiales para definir el acto sexual en menores de 14 años. En el artículo 208, modificado por el artículo 4° de la Ley 1236 dice lo siguiente:

    “Acceso carnal abusivo con menor de catorce años. El que acceda carnalmente a persona menor de catorce (14) años, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años”.

Acceso carnal abusivo es violación y no se habla del consentimiento del menor. Es un delito claro y directo para prevenir estos actos y castigar a la persona que viola a un menor de 14 años.

El siguiente artículo es el 209, modificado por el artículo 5° de la Ley 1236 del 2008, el cual dice así:

    “El que realizare actos sexuales diversos del acceso carnal con persona menor de catorce (14) años o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales, incurrirá en prisión de nueve (9) a trece (13) años.”

En este sentido ya no es necesario el acceso carnal violento. Puede cometerse con el consentimiento del menor de cierta forma. Por lo tanto, un adulto que tenga como pareja a un menor de 14 años puede ir para la cárcel a pagar una condena de mínimo 9 años.

En el artículo anterior, no se define al acto sexual de penetración solamente, sino actos sexuales diversos, como tocar las partes íntimas o la inducción a realizar fotografías de cuerpo desnudo.

Diferencias de conceptos

Un abuso sexual es cuando un individuo, dentro de una relación de poder, intenta someter a otro para obtener una gratificación sexual, el abuso sexual, la mayoría de las veces, es cometida por una persona conocida, por lo que es importante tener en cuenta algunas señales de alerta, especialmente en niños. 

El acceso carnal violento esta descrito como cualquier tipo de penetración del órgano sexual u otro objeto por cualquier parte del cuerpo humano.

Finalmente, el asalto sexual es un tipo de violencia que se hace por única vez y por un desconocido. Para la mayoría de las personas es lo que se conoce como una violación. Aquí también existen algunas fases que diferencian el asalto sexual del abuso sexual: Existe uso de fuerza y amenazas, se revela con mayor frecuencia y en un tiempo menor, existe un impacto diverso, es decir, no todas las personas reaccionan igual.

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