Cuatro de los decretos emitidos por el gobierno en el marco de la emergencia social, fueron estudiados en Sala Plena de la Corte Constitucional, logrando al final de la tarde que tres de ellos fueran avalados por esta Corte.
El primero fue el decreto 434, que establece plazos especiales para renovación de matrícula mercantil y otros registros que integran el Registro Único Empresarial y Social. Esa norma extendió hasta el 3 de julio la renovación de esos registros mercantiles. También extendió, máximo a esa fecha, la renovación de la afiliación a las cámaras de comercio.
En la revisión, de forma unánime, la Corte Constitucional decidió declarar la exequibilidad de este decreto 434.
El segundo decreto que revisado fue el 458, que busca asegurar el mínimo vital y crear condiciones de ingreso para las familias más pobres. Ese decreto establece las transferencias monetarias para los beneficiarios del programa Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor, Colombia Mayor y Jóvenes en Acción, así como la compensación de IVA y el tratamiento de información del Dane, sobre a quién debían ir esos subsidios. El ponente en este caso fue el magistrado Luis Guillermo Guerrero Pérez.
El alto tribunal avaló esta norma por ocho votos contra uno. Quien salvó su voto parcialmente fue la magistrada Diana Fajardo.
Así mismo, la Corte le dio luz verde al decreto 464, que declara como servicios públicos esenciales las telecomunicaciones, incluidos los de radiodifusión sonora, televisión y servicios postales. Eso significa que estos servicios no pueden ser suspendidos durante el estado de emergencia. El análisis de esa norma está también a cargo del magistrado Guerrero. La votación estuvo seis contra tres.
También está en revisión el 461, que autorizó a los alcaldes y gobernadores para que reorienten las rentas de destinación específica de sus entes territoriales con el fin de que puedan desarrollar acciones para hacerle frente a la pandemia de coronavirus. Para esa reorientación, el decreto estableció que no se necesitaba la autorización de asambleas departamentales ni concejos municipales.
El decreto también les permitió a gobernadores y alcaldes realizar adiciones, modificaciones y traslados de presupuesto con el fin de reorientar su uso para gastos relacionados con la pandemia de coronavirus.