Como medida de prevención ante el coronavirus, la
Registraduría Nacional del Estado Civil y la Superintendencia de Notariado y
Registro, dieron a conocer a los padres de familia y declarantes que eliminaron,
temporalmente, la presentación personal del niño o niña en la oficina de
registro, así como la supresión de la toma de las huellas de las plantas de los
pies y en cuanto a los declarantes, no se utilizarán los equipos biométricos.
Explicaron que si los padres no pueden adelantar la
inscripción del recién nacido en el mes siguiente al nacimiento, podrán hacerlo
de manera extemporánea con el certificado de nacido vivo, una vez se supere la
situación actual.
En caso de requerir con urgencia la inscripción, los padres podrán
acudir a las notarías autorizadas para realizar este trámite, de acuerdo con
los turnos establecidos por la Superintendencia de Notariado y Registro.
Es importante precisar que padres, ascendientes
y parientes mayores debidamente identificados, así como el director de la
institución de salud en la que ocurrió el nacimiento o un defensor de familia,
podrán acudir a solicitar el registro.
Frente a los casos que presentan sentencia de adopción para
la inscripción en el registro civil, ambas entidades presentaron un protocolo
que incluye la atención inmediata de la solicitud recibida.